06022001 Promulgacion de las Constituciones Generales de la OFS
PROMULGACIÓN DE LAS CONSTITUCIONES GENERALES
Cir. 21/96-2
Roma, 6 de febrero de 2001
A los Consejos nacionales de la OFS
A los Consejeros internacionales de la OFS
Objeto: Promulgación de las Constituciones Generales enmendadas y aprobadas con el
Decreto de la Congregación IVCSVA del 8 de diciembre de 2000.
Queridos hermanos:
Las Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar, destinadas a aplicar la Regla
renovada de 1978, fueron aprobadas por la Congregación para los Institutos de vida
consagrada y las Sociedades de vida apostólica con Decreto del 8 de septiembre de 1990, con
validez para un sexenio, para que pudiesen ser experimentadas. Oportunamente, la
Presidencia del CIOFS, a través de la Conferencia de los Ministros generales de la Primera
Orden y de la TOR, pidió una prórroga del período de experimentación, considerado el
intervalo necesario para traducirlas a otras lenguas oficiales de la Fraternidad internacional
y, sucesivamente, a las lenguas de cada país. La Congregación accedió a tal solicitud y
concedió una prórroga de tres años.
Durante este espacio de tiempo, las Constituciones han sido estudiadas y puestas en práctica
por las Fraternidades de la OFS en todos los niveles y, poco a poco, nos han infundido las
características de la secularidad, unidad y autonomía de nuestra Orden. No todo ha sido fácil
y algunos aspectos todavía deben ser plenamente asimilados a fin de que, en la aurora del
Tercer Milenio, la OFS llegue a ser realmente “una milicia que pueda estar en la vanguardia
en la Iglesia y en el mundo para la construcción de una sociedad más humana y más
cristiana”, como auguraba en 1990 el Cardenal Hamer, Prefecto de la Congregación IVCSVA.
De esta experiencia se manifestó la validez sustancial de las Constituciones Generales de
1990 y sólo algunos de sus aspectos precisaban revisión. El trabajo, necesario para lograr este
fin, ha sido oportunamente puesto en marcha por la Presidencia del CIOFS y se ha llevado a
cabo a través de una amplia consulta, que ha implicado a todas las Fraternidades nacionales
y a los Consejeros internacionales, además de a la misma Presidencia y a algunos expertos
pertenecientes a la OFS o designados por los Ministros generales franciscanos.
Al Capítulo general de Madrid (23-31 de octubre de 1999), se sometió un texto que recogía,
coordinándolas, las sugerencias y las solicitudes recibidas, presentando también propuestas
alternativas allí donde no había sido posible encontrar una formulación unívoca entre las que las Fraternidades nacionales habían propuesto. El texto presentado al Capítulo se inspiraba
en los siguientes criterios:
- adhesión al derecho común y al derecho propio de la OFS,
- respeto por el texto aprobado en 1990 por la Santa Sede,
- flexibilidad organizativa,
- adaptabilidad cultural y lingüística.
El Capítulo general ha dedicado un atento y profundo examen al texto que le fue sometido y
también a las intervenciones, orales o escritas, efectuadas durante los trabajos capitulares.
El resultado de las discusiones y de las votaciones, hechas artículo por artículo y sobre cada
una de las enmiendas, se presentó, el 21 de diciembre de 1999, a la Conferencia de los
Ministros generales franciscanos, la cual, después de una ulterior revisión a cargo de
canonistas de las cuatro Curias, lo reenvió, el 1 de agosto de 2000, a la Congregación IVCSVA
para la aprobación. Ésta última lo aprobó con Decreto propio, que lleva la fecha del 8 de
diciembre de 2000, Solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Bienaventurada Virgen
María.
Ahora, hermanos y hermanas de la OFS, el 6 de febrero de 2001, se promulgan las
Constituciones Generales aprobadas, que por consiguiente deberán observarse a partir del 6
de marzo de 2001. Incumbe a cada uno de nosotros hacer que sean “espíritu y vida”,
instrumento de consolidación y de crecimiento de nuestra Orden para que a toda vela (“Duc
in altum”), caminemos con esperanza, según la exhortación dirigida por el Santo Padre a
todos los cristianos con la Carta Apostólica “Novo Millenio ineunte” al final del Gran Jubileo
del año 2000. También nosotros, los franciscanos seglares, estamos llamados a ser testigos, es
decir, mártires de Cristo, en el sentido original de la palabra, en el nuevo Milenio.
No en vano hemos escogido la fecha del 6 de febrero para la promulgación de las
Constituciones Generales enmendadas. Es ésta la fecha en que se conmemora a los
Protomártires del Japón, testigos por excelencia, con 17 terciarios crucificados en Nagasaki,
junto con Pedro Bautista, Pablo Miki y sus otros compañeros. Bien poco sabemos de estos
lejanos hermanos nuestros, si no es la irrenunciable voluntad de permanecer firmes en la fe,
de no sustraer su propia vida al testimonio del Evangelio, cueste lo que cueste.
También ha habido seglares franciscanos en el último siglo que han manifestado, hasta el
sacrificio de su vida, la fidelidad al Bautismo y la resistencia al mal, anclados en la fe.
Recordamos a nuestro hermano Ceferino Giménez Malla, víctima de la persecución contra la
religión durante la guerra civil española (1936/1939), que fue beatificado el 4 de mayo de 1997.
Recordamos al Siervo de Dios Frantisek Nosek, de Bohemia, hombre político y franciscano
seglar, otra víctima de la violencia comunista. Recordamos asimismo a Juvenal Kabera,
Ministro de la Fraternidad OFS de Kigali, asesinado durante las matanzas de la guerra tribal
en Rwanda. Son sólo algunos ejemplos, para los que también vale cuanto el Santo Padre ha
afirmado recientemente: “Ha sido sobre todo gracias al valiente testimonio de fieles laicos,
no raramente hasta el martirio, que la fe no ha desaparecido de la vida de pueblos enteros”.
Quizás a nosotros no se nos pida el martirio de sangre, pero ciertamente se nos pide el
testimonio de coherencia y firmeza en el cumplimiento de las promesas bautismales,
renovadas y reafirmadas con la Profesión en la OFS. En virtud de la Profesión, la Regla y la
aplicación que de ella hacen las Constituciones Generales deben representar, para cada uno
de nosotros, el punto de referencia de la experiencia cotidiana, a partir de una vocación
específica y de una identidad precisa. Sobre esta base es necesario reelaborar nuestra existencia y hallar un proyecto de vida (la radicalidad evangélica franciscana) y un lugar de
comunión eclesial (la Fraternidad), en los cuales sea posible comprender “el porqué y el cómo
vivir, amar y sufrir” (CC.GG. art. 10).
Con este deseo, la Presidencia del CIOFS, recibidas las Constituciones Generales aprobadas,
las difunde a toda la Orden para que, como la Regla, sean estudiadas, amadas y vividas.
Emanuela De Nunzio
Ministra General de la OFS
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