Memoriale Propositum
Memoriale Propositum de los hermanos y hermanas de la Penitencia que viven en sus propias casas. Inicios del año del Señor 1221.
1.- Los hombres pertenecientes a esta fraternidad se vestirán de paño humilde, sin color, cuyo precio no exceda los seis sueldos de Ravena el brazo, a no ser que en determinado tiempo los dispense alguna causa evidente y necesaria. La longitud y estrechez del paño será establecida según precio mencionado.
2.- Tengan capas y pieles de invierno; sin cuello, fijas y enterizas; cerradas, no abiertas como llevan los seglares; las mangas sean también cerradas.
3.- Las Hermanas se vestirán con una túnica y capa del mismo color y humildad. Con la capa pueden usar una capucha o velo, tanto blanco como negro. O bien un pañuelo de lino, ancho y sin volados, cuyo precio no exceda los 12 sueldos de Ravena al brazo.
3.2.- El ecónomo podrá pagar el precio de tales vestidos y el de las pieles de abrigo, según la condición de la mujer y la costumbre del lugar.
4.- No usen cintas o hebillas de seda o coloridas. Tanto los hermanos como las hermanas usen solamente pieles de oveja, bolsas de cuero y correas simples, sin bordados de seda. No podrán usar especie alguna de adornos vanos. Estarán obligados a deshacerse de cualquier adorno vano, a juicio del visitador.
5.- No deben participar en banquetes deshonestos ni asistan a espectáculos o coros.
5.2.- No harán donativos a los cómicos y prohibirán hacerlo a sus familiares.
6.- Todos se abstendrán de comer carne, salvo los domingos, martes y jueves. Excepto en caso de enfermedad, debilidad, y al tercer día de la sangría; cuando se está de viaje o cuando se celebra alguna solemnidad mayor a saber: 3 días por navidad, año nuevo, Epifanía, 3 días por pascua de resurrección, los apóstoles Pedro y Pablo, la natividad de San Juan Bautista, la Asunción de la gloriosa Virgen María, la festividad de Todos los Santos y la de San Martín.
6.2– En los demás días que no son de ayuno, podrán comer quesos y huevos.
En las casas conventuales de los religiosos podrán comer de lo que les pongan delante.
6.3.- Se contentarán con almuerzo y cena, con excepción de los débiles, enfermos y viajeros.
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