Que pecados no puede perdonar el sacerdote


Cuatro son los pecados que el Derecho canónico estipula que cuya absolución debe ser autorizada por el Obispo, e incluso por la Santa Sede.

Primero: "El pecado de la profanación del santísimo sacramento del altar". Esto se refiere a la profanación de las especies (hostias y vino consagrado) de la Eucaristía robándolas o guardándolas para algún propósito sacrílego.

Segundo: "Atentado contra el Sumo Pontífice, un atentado físico, violento".

Tercero: "Violación del sigilo sacramental. Es decir, ningún sacerdote puede, de ninguna manera, decir lo que se le ha dicho en confesión, hurgarlo, insinuarlo, ni hablarlo".

Cuarto: Absolución de la persona con que un sacerdote ha pecado contra el sexto mandamiento, que manda a no cometer actos impuros ni con hombres ni con mujeres. "El sacerdote no puede absolver al cómplice con quien él hizo eso". 

Esto se refiere a que  si un sacerdote tiene relaciones sexuales con un hombre o una mujer y,  luego, confiesa a la persona con quien pecó y la absuelve de ese pecado, el sacerdote está, a su vez, en pecado y solo podría ser perdonado por el Papa.

En quinto lugar estaba el aborto, el cual  ha sido excluido de la lista y, según estableció el papa Francisco,   la persona que confiese a un sacerdote  este pecado puede ser "absuelto en el nombre de Jesús mediante el sacramento de la confesión y el arrepentimiento", dijo Tejada.

En lo adelante, y por decisión de la Santa Sede, "dependiendo de cada Conferencia Episcopal, todos los sacerdotes podrán perdonar el aborto, con una delegación de los obispos de cada diócesis". 

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